Art. 9 RGPD

Artículo que prohíbe con carácter general el tratamiento de datos sensibles —incluidos los relativos a la salud mental— salvo excepciones tasadas: consenti

Art. 9 RGPD. Artículo que prohíbe con carácter general el tratamiento de datos sensibles —incluidos los relativos a la salud mental— salvo excepciones tasadas: consentimiento explícito, fines de medicina preventiva o asistencia sanitaria, interés público en salud, entre otras.

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